Declaró inconstitucional Ley 10-15 que reforma Código Procesal Penal y la Ley 1-24, que crea la DNI por "vicios" en la elaboración de esas normas
Santo Domingo. -El Tribunal Constitucional (TC) emitió recientemente tres
sentencias fundamentales que marcan un punto de inflexión en la interpretación
constitucional dominicana. En estas resoluciones, el alto tribunal declaró
inconstitucionales dos leyes importantes: la Ley 1-24 que crea la Dirección
Nacional de Inteligencia (DNI) y la Ley 10-15 que modifica más de cien
artículos del Código Procesal Penal, al tiempo que avaló el proceso de reforma
a la carta magna que se proclamó en octubre pasado.
En el fallo TC/0765/24, el TC cuestionó nuevamente al
Congreso Nacional por violar el artículo 76 constitucional, que establece los
principios de bicameralidad y deliberación conjunta de sus dos cámaras. La
crítica se centró específicamente en el procedimiento de aprobación de las
observaciones ejecutivas a los proyectos de leyes.
La Ley 10-15, vigente desde hace casi una década, fue
declarada no conforme a la Constitución por un procedimiento irregular. Los
senadores de entonces, mayoritariamente del Partido de la Liberación Dominicana
(PLD), aprobaron una observación presidencial de Danilo Medina sin el
preceptivo paso por la Cámara de Diputados.
La acción directa de inconstitucionalidad fue interpuesta por
Félix Enmanuel Castillo Díaz-Alejo en mayo de 2024, específicamente contra el
artículo 24 de la Ley 10-15, que modifica el artículo 85 de la Ley 76-02 sobre
la calidad del querellante. El tribunal recuperó jurisprudencia previa, como la
sentencia TC/0599/15, que también anuló la Ley No. 550-14 del Código Penal por
idénticos vicios procesales. En aquella ocasión, el TC declaró inconstitucional
la ley porque, tras las observaciones presidenciales sobre el artículo 110
referente al aborto, la Cámara de Diputados no siguió el procedimiento
constitucional correcto.
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